Complemento INE en CFDI 4.0: guía para facturar a partidos políticos y asociaciones civiles (2026)

Si le vendes bienes o servicios a un partido político o a un candidato, tu factura debe llevar el complemento INE. Aquí está quién debe incluirlo, qué datos pedirle al partido, qué combinaciones permite el estándar del SAT según el tipo de proceso, cómo se ve en el XML y qué errores evitar.

Actualizado el 22 de octubre de 2026

En resumen

  • El complemento INE (versión 1.1) se agrega al CFDI para identificar el proceso al que van dirigidos los gastos de los partidos políticos y las asociaciones civiles. Se incorpora en el nodo Complemento del comprobante.
  • Lo incluyen los proveedores que venden, arriendan o prestan servicios a partidos y asociaciones civiles (aspirantes y candidaturas independientes) en precampaña y campaña: propaganda, espectáculos y bienes o servicios para eventos, sin importar el monto. El SAT lo fundamenta en el artículo 46 del Reglamento de Fiscalización del INE.
  • El proveedor no inventa los datos: los pide al partido. Son el tipo de proceso, el tipo de comité, la entidad, el ámbito y el identificador de contabilidad (hasta 6 dígitos).
  • El estándar fija qué combinaciones son válidas según el tipo de proceso y las revisa el proveedor de certificación al timbrar.

1. ¿Qué es el complemento INE y para qué sirve?

Es información adicional que se agrega a un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para incluir los datos que identifican el tipo de proceso al que van dirigidos los gastos que realizan los partidos políticos o las asociaciones civiles. El Reglamento de Fiscalización del INE lo define como el elemento que permite incluir información adicional en el CFDI para un sector o actividad específica, protegida por el sello digital de la factura.

Según el INE, el complemento permite identificar los gastos de precampaña y campaña, y a la persona precandidata, aspirante o candidata que se beneficia del gasto. Por eso el partido o la asociación civil es quien conoce los datos que lleva, y el proveedor quien los captura en la factura.

Complemento de comprobante, no de concepto

A diferencia del complemento de instituciones educativas, que va dentro del concepto, el complemento INE se coloca en el nodo Complemento del comprobante, con el prefijo ine. Su versión vigente es la 1.1 y, según el SAT, es obligatoria desde el 1 de septiembre de 2016. En la lista del SAT de complementos vigentes (consultada el 22 de octubre de 2026), INE aparece como complemento de factura vigente.

El timbrado revisa la combinación de datos, no la obligación de incluirlo. El estándar del SAT pide a los proveedores de certificación validar las combinaciones de la sección 4. Pero ni la matriz de errores del CFDI 4.0 (24 de marzo de 2026) ni el Anexo 29 de la RMF 2026, con su Primera Modificación del 17 de julio de 2026, tienen un código que exija el complemento cuando falta: quien lo revisa es el INE al fiscalizar al partido.

2. ¿Quién debe incluirlo y cuándo?

La página de orientación del SAT indica que lo usan todos los contribuyentes que vendan, enajenen, arrienden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los partidos políticos y a las asociaciones civiles (tratándose de aspirantes y candidaturas independientes). Se incorpora en los CFDI que emitan a favor de ellos en los procesos de precampaña y campaña, en estos casos, sin importar el monto:

  • La adquisición o contratación de propaganda, incluida la utilitaria, y de publicidad.
  • La contratación de espectáculos, cantantes y grupos musicales.
  • Los bienes y servicios contratados para realizar eventos de precampaña y campaña.

El SAT cita como fundamento el artículo 46 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral. Ese reglamento se ha reformado varias veces (la última reforma que consultamos es del 3 de octubre de 2023), así que conviene confirmar con el partido el texto vigente.

Los documentos oficiales no dicen exactamente lo mismo sobre el alcance. El SAT lo liga a precampaña y campaña; las indicaciones del INE de 2018 hablan de los periodos de apoyo ciudadano, precampaña y campaña; y una indicación anterior del INE (2016) decía que debía incluirse en todos los comprobantes emitidos a partidos "sin excepción". Para no equivocarte, pregunta al responsable de finanzas del partido o de la asociación civil si tu operación lo requiere.

El INE también mantiene un Registro Nacional de Proveedores. Según su página, deben inscribirse las personas físicas o morales de nacionalidad mexicana que vendan, arrienden o suministren bienes o servicios a cambio de un pago a partidos, coaliciones, precandidaturas, candidaturas, aspirantes o candidaturas independientes. Es un trámite aparte del complemento: confírmalo con el partido o consulta el sitio del INE.

3. ¿Qué datos lleva y quién los proporciona?

Los datos los proporciona el partido político o la asociación civil. El proveedor debe solicitárselos antes de facturar. El esquema oficial del SAT (ine11.xsd) define estos campos:

DatoQué se registraCuándo
VersionSiempre 1.1.Siempre.
TipoProcesoOrdinario, Precampaña o Campaña, escritos así, con la "ñ".Siempre.
TipoComiteEjecutivo Nacional, Ejecutivo Estatal o Directivo Estatal.Obligatorio en el proceso Ordinario; no se usa en precampaña ni campaña.
IdContabilidad (en el complemento)Clave de contabilidad, un número de hasta 6 dígitos.Opcional, en proceso Ordinario con comité Ejecutivo Nacional (el estándar también lo permite con Directivo Estatal).
Entidad (nodo)Entidad o circunscripción a la que aplica el gasto, con su ClaveEntidad (sección 5) y, en precampaña y campaña, su Ambito (Local o Federal). Puede haber hasta 76 nodos.Según el tipo de proceso (sección 4).
Contabilidad (nodo dentro de Entidad)Un IdContabilidad de hasta 6 dígitos. Puede repetirse para varias contabilidades.Para precampaña, campaña y proceso ordinario con comité estatal.

El identificador de contabilidad identifica la contabilidad del partido, la persona aspirante, precandidata o candidata. Según el INE, se consulta en el Sistema Integral de Fiscalización con el usuario y la contraseña del partido, de acuerdo con el proceso que corresponda; por eso el proveedor debe pedírselo.

4. Reglas según el tipo de proceso

El estándar del SAT pide al proveedor de certificación validar estas combinaciones. El esquema por sí solo no las revisa, así que conviene tenerlas claras antes de emitir:

CasoDebe llevarNo debe llevar
Ordinario con comité Ejecutivo NacionalTipoComite. Puede llevar IdContabilidad.Ningún nodo Entidad.
Ordinario con comité Ejecutivo EstatalTipoComite y al menos un nodo Entidad, cada uno sin Ambito. La clave de contabilidad va dentro de Contabilidad.IdContabilidad en el nodo principal.
Ordinario con comité Directivo EstatalTipoComite y al menos un nodo Entidad, cada uno sin Ambito. Puede llevar IdContabilidad.Ambito.
Precampaña o campañaAl menos un nodo Entidad, y en cada uno el Ambito. La clave de contabilidad va dentro de Contabilidad.TipoComite ni IdContabilidad en el nodo principal.

Dos reglas más aplican a todos los casos: la combinación de ClaveEntidad y Ambito no puede repetirse, y cuando el ámbito es Local no se pueden usar las claves NAC, CR1, CR2, CR3, CR4 ni CR5.

5. Claves de entidad y circunscripción

El campo ClaveEntidad acepta estas claves del catálogo del SAT:

AGU Aguascalientes · BCN Baja California · BCS Baja California Sur · CAM Campeche · CHP Chiapas · CHH Chihuahua · COA Coahuila · COL Colima · DIF Ciudad de México · DUR Durango · GUA Guanajuato · GRO Guerrero · HID Hidalgo · JAL Jalisco · MEX Estado de México · MIC Michoacán · MOR Morelos · NAY Nayarit · NLE Nuevo León · OAX Oaxaca · PUE Puebla · QUE Querétaro · ROO Quintana Roo · SLP San Luis Potosí · SIN Sinaloa · SON Sonora · TAB Tabasco · TAM Tamaulipas · TLA Tlaxcala · VER Veracruz · YUC Yucatán · ZAC Zacatecas

Además hay seis claves que no corresponden a una entidad: NAC y CR1 a CR5, estas últimas para las cinco circunscripciones (el INE habla de "las 32 entidades y las 5 circunscripciones"). Con el ámbito Local no se pueden usar. Querétaro se escribía QTO y cambió a QUE en la revisión A del estándar, del 1 de marzo de 2018.

6. Ejemplos de XML

Con datos ficticios, dentro del nodo Complemento del comprobante. Gasto de campaña en Jalisco, ámbito local:

<cfdi:Complemento>
  <ine:INE Version="1.1" TipoProceso="Campaña">
    <ine:Entidad ClaveEntidad="JAL" Ambito="Local">
      <ine:Contabilidad IdContabilidad="123456"/>
    </ine:Entidad>
  </ine:INE>
</cfdi:Complemento>

Gasto ordinario de un comité Ejecutivo Estatal en Nuevo León (sin Ambito):

<cfdi:Complemento>
  <ine:INE Version="1.1" TipoProceso="Ordinario" TipoComite="Ejecutivo Estatal">
    <ine:Entidad ClaveEntidad="NLE">
      <ine:Contabilidad IdContabilidad="654321"/>
    </ine:Entidad>
  </ine:INE>
</cfdi:Complemento>

En el nodo raíz cfdi:Comprobante se declara además el espacio de nombres del complemento y la ubicación de su esquema, como indica el estándar del SAT:

xmlns:ine="http://www.sat.gob.mx/ine"
xsi:schemaLocation="... http://www.sat.gob.mx/ine
    http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/cfd/ine/ine11.xsd"

No tienes que armar el XML a mano. Cualquier sistema de facturación que soporte el complemento lo genera con los datos que captures. Los ejemplos sirven para que sepas qué pedirle al partido y cómo deben escribirse los valores.

7. Errores comunes y cómo corregirlos

  • Proceso ordinario sin TipoComite. Es obligatorio cuando el proceso es Ordinario.
  • Ambito mal usado. Es obligatorio en cada Entidad de precampaña y campaña, y no debe ir en los comités estatales del proceso ordinario.
  • Datos de comité o contabilidad donde no corresponden. En precampaña y campaña no se usa TipoComite ni IdContabilidad en el nodo principal; la clave va dentro de Contabilidad.
  • Textos mal escritos. "Campaña" y "Precampaña" llevan "ñ"; los tipos de comité deben escribirse exactos (por ejemplo, Ejecutivo Estatal).
  • Clave de entidad antigua o repetida. Querétaro es QUE, no QTO. No repitas la misma combinación de entidad y ámbito, ni uses NAC o CR1 a CR5 con ámbito Local.
  • Identificador de contabilidad inválido. Debe ser numérico y de máximo 6 dígitos. Pídelo al partido tal como aparece en el Sistema Integral de Fiscalización.
  • Versión anterior del complemento. Debe usarse la 1.1. La 1.0 dejó de ser válida en 2016.
  • No incluir el complemento. El timbrado no marca error, pero el INE revisa que el comprobante lo traiga. Pide los datos al partido antes de facturar.

Cómo corregir una factura con complemento INE

Si ya se emitió con datos incorrectos, el procedimiento general del SAT es el de cualquier factura:

  1. Emite el CFDI con los datos correctos y relaciona el folio fiscal (UUID) del que sustituye con el tipo de relación 04 (Sustitución de los CFDI previos). Hay más detalle en la guía de tipos de relación.
  2. Al solicitar la cancelación del anterior, elige el motivo 01 (Comprobante emitido con errores con relación) e indica el folio del nuevo.
  3. Al enviar la solicitud, el sistema valida si se requiere la aceptación del receptor. Más en la guía de cómo cancelar una factura.

8. Complementos sin costo adicional en Facturópolis

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